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En este apartado encontraréis información sobre trámites administrativos y aspectos relacionados con el empleo.

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Exportar la Prestación por Desempleo

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Cuando te Desplazas para Buscar Trabajo

Si estás cobrando el paro, tanto la prestación contributiva como el subsidio por desempleo, puedes exportar el paro, es decir, tienes la opción de seguir percibiendo la ayuda mientras no encuentras trabajo en país al que te has desplazado, en este caso en Inglaterra.

El plazo máximo para percibir la ayuda es de 3 meses o 6 si realizas la tramitación de una prórroga.

 

 

Los requisitos para percibir la ayuda son:

  • ser beneficiario de una prestación o subsidio por desempleo en España
  • haber estado al menos 4 meses inscrito como demandante de empleo en España

La solicitud de exportación se hace en la oficina de empleo española que corresponde con el domicilio

del trabajador, recomendamos que hagáis la solicitud a través del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) ya que están más acostumbrados a realizar este tipo de trámites. Los que os desplacéis a algún país perteneciente a la EU tenéis que solicitar la expedición del formulario U2. Además desde in2London os entregaremos una carta conforme habéis contratado nuestros servicios para contar con ayuda a la hora de establecerse y comenzar la búsqueda de empleo en el nuevo destino.

Duración

El periodo máximo es de tres meses prorrogable durante otros tres meses en función del país.

Si encuentras trabajo durante el periodo inicial de 3 meses, entonces la prestación se suspende o extingue como pasaría en España.

Si no encuentras trabajo y vuelves antes de los tres meses a España podrás seguir cobrando el paro como lo tenías reconocido antes de salir.

Si no encuentras trabajo pero se supera el periodo máximo y todavía no has vuelto a España entonces la prestación se extingue y pierdes definitivamente el paro.

Solicitar una Prórroga

La solicitud debe tramitarse antes de que termine el periodo inicial de tres meses, una vez cumplimentado el formulario se

puede enviar por email o fax a la SEPE dónde has hecho los trámites para la exportación.

Recuerda que una vez transcurrido el periodo máximo ya sea el de 3 o 6 meses si no estás trabajando y no has regresado ha España pierdes todas las prestaciones que tenías antes de salir.

Desplazarse para Estudiar

Si deseas desplazarte para estudiar en algún país de la Comunidad Económica Europea y en el momento que vas a realizar el viaje estás percibiendo cualquiera de las ayudas por desempleo, estos son los pasos a seguir.

Porque el motivo son estudios y por los tanto no podrás cumplir con la obligación legal de estar a disposición de los Servicios Públicos de Empleo españoles, durante el tiempo que permanezcas en el extranjero no podrás percibir la prestación. Por eso debes comunicar en tu oficina de empleo la fecha y motivo del traslado para que se suspenda el pago de la prestación hasta tu regreso.

Al regreso podrás reanudar la prestación que te quede por percibir, siempre que:

      • No hayas permanecido en el extranjero más de 12 meses
      • Te inscribas como demandante de empleo y solicites la reanudación en los 15 días hábiles a tu retorno.
      • Justifiques la causa del traslado con un certificado de formación procedente del centro dónde has cursado los estudios.

Recuerda que este apartado sólo incluye a los que se quieren desplazar única y exclusivamente con motivo de estudiar en el extranjero.

Servicio Público de Empleo Estatal, localiza a cual debes acudir siguiendo el link:

www.sepe.es/direccionesytelefonosWeb/jsp/JSP_index.jsp

Para más información o resolución de dudas contáctanos

en info@in2london.com

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